SEGUIMOS EN LA CALLE

Academia de Atletismo en Vallehermoso

Seguimos en una situación incómoda, dolorosa y fría en la que nos ha colocado la decisión de la Dirección General de Deportes del Ayuntamiento de Madrid, denegatoria de la reserva de temporada en el estadio Vallehermoso a una entidad deportiva sin ánimo de lucro como es la Fundación Marathon que nos obliga a trabajar en precarias condiciones en plena calle, mientras las pistas del estadio Vallehermoso están infrautilizadas.

No obstante, a pesar de estas dificultades no estamos solos, seguimos luchando, construyendo y sacando adelante nuestro Proyecto. Entrenadores y patronos como estructura organizativa, viva y vigente nos hemos involucrado al máximo en la difícil tarea de mantener nuestro Proyecto por encima de injustificadas prohibiciones para usar el estadio Vallehermoso, sufrir las consecuencias del COVID19 que nos ha apartado del CAR y nos está poniendo a prueba cada día de entrenamiento, superando todos los contratiempos con enorme esfuerzo y un entusiasmo fuera de toda duda para no caer en el desánimo, todo ello gracias a la afición de los niños y niñas que continúan con nosotros y al apoyo de sus madres y padres.

Seguimos sin comprender:

  • Que durante la temporada 2019/20 nuestros chicos y chicas si dispusieron de la autorización para el uso del estadio Vallehermoso.
  • La denegación arbitraria para este curso 2020-21 que nos niega la reserva de plaza con una manifiesta contradicción entre la resolución negativa que dictan el Subdirector de la DGD y la Directora del Estadio Vallehermoso en base al art.47 del Reglamento sobre Instalaciones y Servicios deportivos  Municipales y la respuesta a nuestro recurso de revisión inicial de la Directora General de deporte del Ayuntamiento de Madrid  que lo hace en base al art. 48 de dicho Reglamento  que es de aplicación a equipos deportivos, pero no a entidades sin ánimo de lucro como es nuestra Fundación Marathon.
  • Que mantengan una falta de rigor jurídico en su denegación con lo dispuesto en el art. 47 del Reglamento sobre instalaciones y Servicios deportivos , cuando es incorrecta la aplicación en el fondo ya que ese art.47 prevé que para poder optar a la reserva de temporada hay que carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para las actividades objeto de reserva, cuando en realidad ya desde el mes de mayo no  disponíamos de otra opción que la solicitada , pues unas instalaciones del Consejo Superior de Deportes que veníamos utilizando, a partir de mayo solo podían ser utilizadas por deportistas de alto nivel debido al COVID19.
  • El uso preferente del estadio Vallehermoso para su escuela pública, cuando existen posibilidades que permiten compatibilizar nuestra actividad con las destinadas a escuela pública. Resaltar que es uso preferente, no exclusivo como en definitiva han impuesto.

SEGUIMOS EN LA CALLE!!!!!!!!